Blogs
¿A quienes aplica la resolución 20223040040595 de 2022?
Posteado en Julio 31, 2022 por Horacio de Lima

El pasado 12 de julio de 2022 el Ministerio de Transporte emitió la resolución 20223040040595 y tiene por objeto adoptar la “Metodología para el diseño, implementación y verificación de los Planes Estratégicos de Seguridad Vial” Esta metodología hace un avance muy importante, ya que realiza la integración del PESV, el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), y la norma internacional ISO 39001:2012, desarrollando fases, pasos y requisitos de obligatorio cumplimiento.
“Por lo que, el cambio más importante, es que al unificar el PESV con el SG-SST y la norma internacional ISO 39001:2012 desaparecen los 5 pilares y se estructura la metodología en 24 pasos bajo el ciclo PHVA (Planear, Hacer, Verificar y Actuar), por medio del cual se diseña, implementa y verifica el Plan Estratégico de Seguridad Vial Debemos tener en cuenta que aplica para toda entidad, organización o empresa del sector público o privado, que cuente con una flota de vehículos automotores o no automotores superior a diez (10) unidades, o que contrate o administre personal de conductores a partir de 2 conductores. Para el caso de las organizaciones con casa matriz, filiales o subsidiarias; y demás modelos de asociatividad empresarial, podrá diseñar un Plan Estratégico de Seguridad Vial por grupo empresarial, esto con el fin de compartir talento humano, recursos tecnológicos, etc, sin embargo, es importante que tengas en cuenta que cada organización debe garantizar que la implementación del PESV esté acorde a las características puntuales de cada empresa, y le corresponde demostrar el cumplimiento del PESV de manera independiente. Adicional debes tener claro, que la implementación del PESV, aplica también para las empresas donde su misionalidad no es la de transporte, pero tiene personas que usan vehículos para el desarrollo de su labor, tanto vehículos automotores y no automotores como lo son los vehículos eléctricos, bicicletas, patinetas.
¿CUÁNTO TIEMPO TENEMOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN? Pues bien, tanto las organizaciones que se creen con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente resolución, y las empresas, entidades, organizaciones obligadas a diseñar e implementar el PESV que hayan registrado o cuenten con aval emitido por la autoridad competente con anterioridad a la entrada en vigencia de este acto administrativo, tendrán 1 año para implementar o actualizar el PESV.
COMENTARIOS
FERNANDO BLANCO
Todos los actores viales deben implementar en cierta medida el PESV
En Agosto 17, 2022, 11:36